Profesor de derecho administrativo en la Universidad Pontificia de Comillas, ICADE

Antonio Alonso Timón (ICADE): «El pasaporte Covid en bares no es legal y además, es poco eficaz»

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Ana Fariña

El profesor de derecho administrativo en la Universidad Pontificia de Comillas, ICADE, Antonio Alonso Timón concede una entrevista a OKTV en OKDIARIO para explicar su opinión sobre el certificado Covid que se pide para acceder a bares y locales de ocio nocturno, en algunos lugares de España. Una medida que la justicia gallega acaba de desautorizar.

Certificado Covid

«Está pensado única y exclusivamente para los desplazamientos transfronterizos entre Estados miembros de la Unión Europea. No está pensado para otra cosa. Evidentemente, cuando se aprueba este reglamento, que afecta muy directamente de una manera muy invasiva a un derecho fundamental como es el derecho de la movilidad de las personas, tiene que tener una habilitación legal para que se pueda implantar. Y esa habilitación legal es el reglamento que se aprobó en la Unión Europea», comenta el profesor.

«Otra cosa distinta es lo que se viene manejando en España con respecto a los certificados que se podrían exigir para la entrada en establecimientos hosteleros, porque ahí sí que desde mi punto de vista no habría una base legal para la exigencia de ese certificado y tampoco sería proporcional porque sería una medida muy intrusiva. El último ejemplo lo hemos tenido en Galicia, que ha sido una de las comunidades autónomas que ha intentado extender esas restricciones de movilidad mediante la exigencia del certificado Covid para la entrada en establecimientos hosteleros y ha sido tumbado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Bien es cierto que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia tumba la medida por cuestiones de forma y no por cuestiones de fondo», explica Alonso Timón.

Legalidad y proporcionalidad

Añade el profesor que «sí es importante que la gente diferencie lo que es el certificado Covid, que se aprueba en el ámbito de la Unión Europea para limitar, por razón de la pandemia, los movimientos transfronterizos y lo que se está intentando, con otras limitaciones del derecho fundamental a la movilidad en España por parte de algunas comunidades autónomas para la entrada en establecimientos hosteleros. La finalidad del certificado  de la Unión Europea era una y ahora se está intentando extender las restricciones sin ninguna base legal ni ninguna proporcionalidad. Por lo tanto, resumiendo, principio de legalidad y principio de proporcionalidad son los dos parámetros de control de todas las restricciones administrativas que limitan derechos fundamentales. Pero es que además, estas medidas de certificación Covid, desde mi punto de vista, son poco eficaces».

·En primer lugar, porque se ha demostrado que en el ámbito de la hostelería no es donde se produce el mayor número de contagios; más o menos se producen un dos por ciento del total. Y en segundo lugar, porque incluso las personas vacunadas también son susceptibles de poder contagiarse y de poder contagiar la enfermedad. Por lo cual la medida, desde mi punto de vista, no sería eficaz, porque se podría producir un brote incluso entre personas que están vacunadas ya».

«El pecado original desde el principio es que el Estado ha renunciado a aprobar una ley de pandemias que dotase de una mayor seguridad jurídica a todas estas actuaciones que las administraciones públicas están llevando a cabo», remata.

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